HACEN CON LA LEY LO QUE LES DA LA GANA – Benavides Torres no tendría derecho a prerrogativa de antejuicio de mérito
La prerrogativa de antejuicio de mérito no aplica para el cargo de jefe de Gobierno del Distrito Capital, explicó el abogado constitucionalista José Vicente Haro en referencia a la decisión del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) que anuló la citación de la Fiscalía contra el general Antonio Benavides Torres.
Es importante saber que la prerrogativa es el hecho de que una persona reciba mejor trato, tenga más derechos o menos obligaciones que otros, por razón de su cargo.
“Prerrogativa de antejuicio no es extensiva a cargos que no estén ‘expresamente’ indicados en el artículo 266 de la Constitución y el 24 de la Ley del TSJ”, indicó Haro.
El abogado aclaró que “cuando Benavides Torres aceptó cargo de ‘jefe de Gobierno’ de Distrito Capital perdió absolutamente prerrogativa de antejuicio de mérito“.
“El jefe de Gobierno del Distrito Capital equivale a un gobernador de estado, quien ejerce el gobierno y administración de su entidad federal; por lo que goza de la prerrogativa del antejuicio de mérito a los efectos de su eventual enjuiciamiento”, sentenció el TSJ.
Haro no compartió este argumento y aseguró que “ser ‘jefe de Gobierno del Distrito Capital’ no es equivalente a ser gobernador, por ello no tiene prerrogativa de antejuicio”.
Cuando Benavides Torres aceptó cargo de “Jefe de Gobierno” de Distrito Capital perdió absolutamente prerrogativa de Antejuicio de Mérito.
— JOSE VICENTE HARO (@JOSEVICENTEHARO) July 3, 2017
Prerrogativa de Antejuicio no es extensiva a cargos que no estén “expresamente” indicados en Art. 266.3 de Constitución y 24.2 de Ley de TSJ
— JOSE VICENTE HARO (@JOSEVICENTEHARO) July 4, 2017
Finalmente, ser “Jefe de Gobierno del Distrito Capital”, no es equivalente a ser Gobernador, por ello no tiene prerrogativa de Antejuicio.
— JOSE VICENTE HARO (@JOSEVICENTEHARO) July 4, 2017