¡HACEN LO QUE LES DA LA GANA! Chavismo impugnó fuera del lapso resultados en Distrito Capital

El recurso presentado por el partido Podemos en contra de los resultados de las elecciones del 6 de diciembre en el Distrito Capital fue consignado ante la Sala Electoral del Tribunal Supremo de Justicia después de que venció el lapso legalpara objetar los anuncios del Consejo Nacional Electoral (CNE).
Según el artículo 213 de la Ley Orgánica de Procesos Electorales (Lopre) “el plazo máximo para interponer el Recurso Contencioso Electoral contra los actos, omisiones o actuaciones del CNE será de quince días hábiles, contados a partir de la realización del acto electoral”, así reseñó El Pitazo.
Abogados consultados sostienen que en el caso de la Sala Electoral estos 15 días hábiles deben contarse como días efectivos en los que existió despacho. A partir de los comicios parlamentarios del 6 de diciembre la Sala Electoral culminó el periodo de 15 días hábiles de despacho (no consecutivos) el pasado 21 de enero, mientras el recurso contencioso electoral de Podemos el martes 26 de enero.
En su escrito, los representantes del partido Podemos impugnaron la elección de los candidatos (hoy diputados) de la Mesa de la Unidad Democrática (MUD) en la circunscripción 1 de la jurisdicción Jesús Abreu y Marialbert Barrios; la circunscripción 2 Jorge Millán; la circunscripción 3 Henry Ramos Allup; la circunscripción 4 José Guerra y la circunscripción 5 Richard Blanco y Stalin González.
Además, en el recurso se cuestiona la elección por lista lo que afectaría a Tomás Guanipa y a Tanía Díaz (la única candidata del Psuv que resultó electa en el Distrito Capital).
A la fecha la Sala Electoral ha admitido los recursos contenciosos electorales que impugnan los resultados del 6 de diciembre en todo el estado Amazonas, en la circunscripción sur indígena (que incluye al estado Amazonas y al estado Apure),
los circuitos 2, 3 y 4 de Aragua y la circunscripción 2 del estado Yaracuy.
No obstante, aún no se pronuncian sobre del recurso contencioso electoral presentado por el chavismo contra los resultados de la circunscripción 2 del estado Falcón y el único recurso presentado por un candidato de la oposición, en este caso contra los resultados de la circunscripción del estado Guárico.

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